SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0222/2017-S1

Fecha: 24-Mar-2017

i)

El accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente el contenido de su demanda tutelar, añadiendo además en respuesta a los argumentos de la parte demandada que: i) No acudió ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, porque no fue despedido sino suspendido del cargo que ocupaba como Docente de la UMSS, al igual que sus Títulos Profesionales; lo cual impide que ejerza su profesión; ii) No solicitó la notificación a los terceros interesados, porque desde el 21 de diciembre de 2016, la UMSS se encontraba en receso; y,    iii) El Rector no tiene competencia suficiente para suspender los referido Títulos.

Como también ya se expuso en al abundante jurisprudencia constitucional, cualquier proceso administrativo sancionatorio, más aún si este puede derivar en sanciones como la destitución de determinado funcionario público, debe contener los elementos: i) al juez natural, ii) legalidad formal, iii) tipicidad, iv) equidad y v) defensa irrestricta.