Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
denegado
Por todo lo expuesto, el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela solicitada, valoró de forma parcialmente correctamente los antecedentes de la problemática planteada, e incurrió en contradicción al señalar que los accionantes no cumplieron con la carga de fundamentar, pero su vez sostienen que se realizó una interpretación acorde a la normativa; en consecuencia corresponde aplicar lo dispuesto por el art. 44.2 del CPCo.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2.
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.3. La congruencia entre lo demandado y lo resuelto
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- dicte una resolución resolviendo una situación jurídica
- falta de fundamentación y motivación
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en parte