Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0234/2017-S1
Fecha: 28-Mar-2017
II.1.
II.1. Cursa notificaciones del 10 de noviembre de 2009 y del 22 de febrero de 2010, a los demandados Danny Santa Cruz Camader de Merubia y Benjamín Merubia Jiménez, con las providencias de 9 y 17 de los meses y años referidos respectivamente, en ejecución de sentencia dentro del proceso coactivo civil que les sigue el entonces Banco Los Andes Pro Credit S.A (fs. 96 vta. a 97; y 100 a 101).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2.Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2. Informe de los demandados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.2.
- Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación
- III.3. La congruencia entre lo demandado y lo resuelto
- El Estado garantiza el derecho al debido proceso
- dicte una resolución resolviendo una situación jurídica
- falta de fundamentación y motivación
- III.5. Análisis del caso concreto
- denegado
- REVOCAR en parte