SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2017-S3
Fecha: 05-Abr-2017
b)
b) Ya en el fondo, de la lectura integral de la Resolución impugnada se coligió que si bien no existe una fundamentación ampulosa respecto al pronunciamiento de los puntos llevados a segunda instancia; sin embargo, contiene los suficientes fundamentos y motivaciones de manera precisa, que responde suficientemente a los agravios expuestos, máxime si en el presente caso, se trata de una problemática en relación a la aplicación normativa sobre sanción o no por el incumplimiento de obligaciones patronales respecto a las recaudaciones por cotizaciones, aportes al seguro social obligatorio a corto plazo, situación que el Tribunal de alzada, al margen de haber expuesto los hechos en cada punto pronunciado, fundamentó en base a la normativa legal de la materia, refiriendo a las atribuciones que tiene la CPS y que las multas impuestas del 3% y 10% se enmarcan a la normativa de la materia; en ese sentido, no es cierto ni evidente la acusación efectuada por la parte demandada en su recurso de casación en el fondo;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- únicamente la conclusión
- , b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes,
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- e)
- CONFIRMAR