SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0269/2017-S3
Fecha: 05-Abr-2017
d)
d) En consecuencia, la sanción o multa impuesta del 10% y 3% por la entidad gestora, en razón al incumplimiento de aportes devengados actualizados, intereses sobre aportes y multas por infracción del empleador más los gastos judiciales, tienen su base legal en los arts. 13 inc. e) del CSS; 7, 10, 11, 24, 25 y 32 de su Reglamento; y, 2 y 5 del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006; pero además, la infracción cometida por el empleador por el periodo 2007, tiene su base normativa en los arts. 592 incs. i) y m) ambos del mismo cuerpo legal, referido a los retrasos en el pago mensual de las cotizaciones, es más la Resolución Administrativa (RA) 03-058-91 de 31 de octubre de 1991, norma administrativa que en realidad modificó el art. 593 inc. a) del referido Reglamento; en consecuencia, no es cierto ni evidente lo manifestado por el coactivado hoy recurrente, en sentido de que no existiese norma o base normativa a efectos de sancionar con las referidas multas del 3% y 10%. A ello, debe agregarse, que durante la sustanciación del trámite coactivo social, el recurrente no desvirtuó las pretensiones de la demanda interpuesta por la entidad gestora;
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- exigencia de la motivación de las resoluciones
- únicamente la conclusión
- , b) Debe contener una exposición clara de los aspectos fácticos pertinentes,
- III.2. Análisis del caso concreto
- ii)
- iii)
- iv)
- v)
- b)
- c)
- d)
- e)
- CONFIRMAR