Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2017-S3
Fecha: 10-Abr-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución 10/2017 de 21 de febrero, cursante de fs. 41 a 43 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Brígida Blanco Chuquimia contra César Wenceslao Cuevas Portocarrero, César Daniel Yampara Laura, Enrique Manuel Cadena Pinto, Jueces Técnicos del Tribunal Sexto de Sentencia Penal de la Capital del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- el tribunal quinto de sentencia El Alto, en fecha 31 de octubre 2014 (ley de descongestionamiento) remite el caso a demandas nuevas de la ciudad de La Paz, el caso pasa al Tribunal Sexto De Sentencia De la Ciudad de La Paz”
- Fragmento 4
- AL HABERSE OMITIDO LA RADICATORIA DECIDIMOS HACER RADICAR LA CAUSA
- VA REVER EL PROCESO HASTA EL AUTO DE LECTURA DE LA ACUSACION FISCAL Y PARTICULAR POR LO QUE EL JUEZ CADENA NO TIENE CONOCIMIENTO DE LOS ACTOS REALIZADOS Y SE VA EMPEZAR DESDE ESTA ETAPA
- a)
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- JUEZ TÉCNICO DR. CESAR W. PORTOCARREO, PRESIDENTE DEL TRIBUNAL Y DR. CESAR YAMPARA LAURA DEL TRIBUNAL SEXTO DE SENTENCIA DE LA CIUDAD DE LA PAZ
- 1)
- III.2.2. Sobre la problemática identificada en el inciso e)
- el juez o tribunal determinará
- su revocatoria, sea a pedido de parte o de oficio y responde a la ponderación que el órgano jurisdiccional