SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0291/2017-S3

Fecha: 10-Abr-2017

III.2.2. Sobre la problemática identificada en el inciso e)

De antecedentes se tiene que evidentemente por memorial de 9 de febrero del 2017, la querellante en el proceso penal presentó solicitud de revocatoria de medidas sustitutivas, contra la hoy accionante y otra; así también, corresponde señalar que si bien no existe en el expediente el decreto de señalamiento de audiencia; sin embargo, de la audiencia de la presente acción tutelar, se advierte que las autoridades ahora demandadas ratifican lo señalado por la accionante indicando que evidentemente “…la acusación particular ha solicitado la revocatoria de medidas en contra de la señora Brígida Blanco y Clotilde Blanco el tribunal ha señalado audiencia para considerar públicamente para el día de hoy ahora las 16 el día de hoy vamos a considerar si es viable o no la solicitud de la acusación particular…” (sic), por lo que se puede concluir que existe señalamiento de audiencia para resolver la solicitud de revocatoria de medidas sustitutivas incoada por la parte acusadora.