SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S3

Fecha: 17-Abr-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante estima como vulnerados sus derechos al debido proceso y a la libertad, por cuanto habiéndose determinado su detención preventiva por el Juez hoy codemandado, interpuso recurso de apelación incidental en audiencia de 1 de octubre de 2016, habiéndose remitido los antecedentes al Tribunal de alzada con una demora de varios meses, y sorteado el mismo a la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, el Vocal ahora demandado ordenó la devolución de dichos actuados al Juez de origen -hoy codemandado- mediante providencia de 25 de enero de 2017, toda vez que los mismos estaban incompletos, -por la falta de notificaciones con la Resolución 064/2016 a la víctima y al Ministerio Público-. Sin embargo, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, no se puede llevar a cabo la audiencia de apelación de medidas cautelares, toda vez que no se procedió a la remisión física del cuaderno de apelación por parte de los Vocales ahora demandados al Juez de origen. A lo anterior, se suma el hecho de que el Gobernador del Recinto Penitenciario “San Pedro” del referido departamento, ejecutó mandamiento de detención preventiva en su contra, pese a que en la parte resolutiva de la Resolución 064/2016 que dispone la detención preventiva figura un nombre que no corresponde a su persona.