SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2017-S3

Fecha: 17-Abr-2017

III.2.  Dilación en la remisión de la apelación incidental en medidas cautelares ante el Tribunal de alzada por falta de provisión de recaudos de ley

           Al respecto la SCP 1118/2015-S3 de 16 de noviembre sostuvo que: [El Tribunal Constitucional Plurinacional haciendo referencia al art. 180.I de la CPE, a través de la SCP 0691/2014 de 10 de abril, señaló que la jurisdicción ordinaria se fundamenta entre otros, en los principios de gratuidad y celeridad, manifestando que: «En relación al principio de gratuidad y al pago de recaudos de ley que el litigante debía cubrir con la compra de formularios, valores, timbres para las legalizaciones, entre otros; en aplicación del art. 7 de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, el Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 2075/2013 de 18 de noviembre haciendo cita de la SCP 0286/2012 de 6 de junio, determinó: “Sobre el principio de gratuidad en la administración de justicia y su desarrollo en la Ley del Órgano Judicial y la Ley 212 de 23 de diciembre de 2011, la citada Sentencia Constitucional Plurinacional resaltó que: