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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2017-S3

    Fecha: 20-Abr-2017

    acción de amparo constitucional

    En revisión la Resolución 28/2017 de 3 de febrero, cursante de fs. 205 a 209 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Teodocio Guaygua Vargas contra Félix César Navarro Miranda, Ministro de Minería y Metalurgia; y, Heriberto Erick Ariñez Bazzan, Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • no concedió
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
    • las supuestas lesiones a los derechos fundamentales y garantías constitucionales deben ser reparadas en la jurisdicción ordinaria, y sólo en defecto de ésta, de ser evidente la lesión al derecho invocado e irreparable el daño emergente de la acción u omisión o de la amenaza de restricción de los derechos, se acuda a la jurisdicción constitucional.
    • reglas y sub reglas de improcedencia del amparo por subsidiariedad
    • III.2.
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • y la restitución de su concesión
    • CONFIRMAR

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