SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2017-S3

Fecha: 20-Abr-2017

II.2

II.2.    Mediante Resolución de Reversión de Derecho Minero AJAM 05/2015 de 21 de enero, el entonces Director Ejecutivo Nacional de la AJAM, Carlos Alberto Soruco Arroyo, dispuso revertir a propiedad y dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano la ATE “BANCUNI II”, cuyo titular era Teodocio Guaygua Vargas -ahora accionante-, por inexistencia de actividades mineras en la misma y en función al carácter estratégico y utilidad pública de los recursos naturales (fs. 1 a 5). Dicha Resolución fue notificada en Secretaría de la AJAM del departamento de La Paz el 26 de enero de 2015 a horas 10: 15 (fs. 6).