Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2017-S1
Fecha: 12-Abr-2017
I.2.3. Intervención del tercero interesado
Rubén Camacho Arnéz, mediante memorial presentado el 8 de junio de 2016, que cursa a fs. 345 y vta., pidió tomar en cuenta que solicitó la destitución del ahora accionante mediante representaciones al Pleno del Consejo de la Magistratura y a través del proceso disciplinario que se tramitaba en el Juzgado Disciplinario Tercero de la aludida institución; añadió además que instauró una querella penal ante la Fiscalía General del Estado Plurinacional, acusando al ahora impetrante de tutela, por delitos de corrupción; por lo que se opuso a la petición de ser restituido en el cargo de Juez, demostrando tener un interés legítimo en la presente acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1 Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2 Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.4.
- REVOCAR