Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2017-S1
Fecha: 25-Abr-2017
II.1.
II.1. Memorándum MS/URRHH/AGRAD/49/2014 de 23 de junio; a través del cual, Juan Carlos Calvimontes Camargo, Ministro de Salud, agradeció los servicios prestados a Ana Cecilia Guevara Clavijo –ahora accionante–, desvinculándola del cargo de Directora General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud; sin que hasta la fecha haya vuelto a prestar servicios en ella (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Abandono del cargo
- el
- en cambio el segundo abandono renuncia, manifestada también por la inasistencia al empleo conectada a una decisión de no reintegrarse a él, por la no concurrencia al empleo por tiempo prolongado, haber aceptado otro con el mismo horario que el anterior, haberse mudado a una localidad muy distante.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- REVOCAR