Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0370/2017-S1
Fecha: 25-Abr-2017
II.4.
II.4. Memorial presentado el 25 de octubre de 2016; mediante el cual, la demandante de tutela, se dirigió a la actual Ministra de Salud para hacerle conocer su segundo estado de embarazo y solicitar su reincorporación laboral, por haber sido concebido durante la vigencia de la inamovilidad reconocida por su primer hijo; o en su defecto, se disponga a su favor el pago de sus salarios devengados y demás beneficios sociales, haciendo un monto de Bs418 261,20.- (cuatrocientos dieciocho mil doscientos sesenta y un 20/100 bolivianos) (fs. 36 a 37 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.
- Abandono del cargo
- el
- en cambio el segundo abandono renuncia, manifestada también por la inasistencia al empleo conectada a una decisión de no reintegrarse a él, por la no concurrencia al empleo por tiempo prolongado, haber aceptado otro con el mismo horario que el anterior, haberse mudado a una localidad muy distante.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- REVOCAR