SENTENCIA CONSTTUCIONAL PLURINACIONAL 0356/2017-S3
Fecha: 25-Abr-2017
a)
Solicitan se conceda la tutela, y en consecuencia se ordene: a) La reincorporación inmediata de los accionantes en el plazo de veinticuatro horas, más el pago de salarios devengados y otros beneficios adquiridos como ser bono, de antigüedad, refrigerio, aguinaldo, bono de refrigerio y otros generados desde el momento del despido hasta su reincorporación, sin descuento alguno, estableciendo plazo fatal para los pagos devengados; b) Que sus personas no sean de ningún modo removidos del lugar físico de su puesto de trabajo, cambiados en sus funciones ni sujetos a la disminución de sus salarios, salvo sea para mejorar su situación laboral; y, c) Se declare la responsabilidad por daños y perjuicios a efecto de concretar el resarcimiento y la acción de repetición en la vía civil.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- AFECTADOS
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional
- obligan a la justicia constitucional a efectivizar conminatorias laborales de reincorporación del Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social sin atender a su contenido, al menos deben desarrollar las razones que fundamentan la conminatoria y por supuesto una conminatoria clara, es decir, no resulta lógico que la justicia constitucional ejecute una resolución que no respeta estándares del debido proceso, pues en ciertos casos implicaría inclusive consagrar la violación de derechos;
- De lo desarrollado anteriormente, se tiene que si bien existe un desarrollo jurisprudencial uniforme para que la jurisdicción constitucional haga cumplir los mandatos de reincorporación laboral, al efecto es preciso analizar la pertinencia según el caso y si estos se encuentran en el margen de razonabilidad sustentando una debida fundamentación sobre las razones que motivaron a la reincorporación y las razones por las cuales la instancia administrativa laboral consideró que se presentó un retiro ilegal o injustificado
- III.2. Análisis de caso concreto
- III.2.1.
- III.2.2.
- Sergio Antonio Durán Garzón
- III.2.3.
- Fragmento 20
- III.2.4.
- REVOCAR