SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0373/2017-S3

Fecha: 02-May-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante considera como lesionados sus derechos al debido proceso en sus vertientes a la fundamentación, motivación por incorrecta interpretación de la norma y congruencia, al juez natural y a los principios de verdad material, legalidad y cosa juzgada, señalando que habiendo iniciado proceso ordinario de devolución de dinero de depósito a plazo fijo como empresa unipersonal Constructora América contra el BIDESA en liquidación, en primera instancia fue declarada probada por el Juez de la causa; empero, la parte demandada opuso excepción de incompetencia en razón de materia, misma que fue declarada probada llegando hasta la instancia casacional; consecuentemente, denuncia que las autoridades hoy demandadas realizaron una incorrecta interpretación de los arts. 120, 126, 127 y 133 de la LBEF, además del 134.1 de la LOJ, al determinar que el caso pase a conocimiento del Juez que resolvió la liquidación de la citada entidad financiera, sin tomar en cuenta que solo pueden participar en el proceso de liquidación forzosa los acreedores con título ejecutivo suficiente por sí mismo, calidad que no tiene una acción ordinaria dado que su pretensión no constituye una acreencia que tendrá tal calidad cuando concluya el proceso ordinario.