SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2017-S3

Fecha: 02-May-2017

los DENUNCIADOS no cometieron los actos ilícitos que fueron denunciados por GERARDO LANDIVAR VILAR en su calidad de víctima

Durante la tramitación del proceso arbitral, Juan Carlos Arce Bravo, yerno del tercero interesado presentó una denuncia contra los que resultasen autores, cómplices y encubridores de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado -del Instrumento Público 0025/2003-, asimismo este último amplió el proceso penal contra Vitalio Quiroga, Ivonne Teresinha Rendon Guedes           -abogados de Ana Elena Bottega Cazzol- y contra Enzo Landivar Bottega -que actuaba como apoderado de Ana Elena Bottega Cazzol-; sin embargo, la referida denuncia fue rechazada por el Fiscal de materia y confirmada mediante Resolución Fiscal Departamental “GPJ 449/15” el cual estableció que: “…los DENUNCIADOS no cometieron los actos ilícitos que fueron denunciados por GERARDO LANDIVAR VILAR en su calidad de víctima”.