Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2017-S1
Fecha: 12-May-2017
II.5.
II.5. El 27 de octubre de 2016, Rosa Ibeth Guzmán Quiroz, en representación de Augusto Quiroz Solano, manifestando el derecho propietario de este con relación al inmueble adquirido en venta judicial e inscrito en el asiento A-1 del folio con matrícula computarizada 7.10.1.01.0004500 el 7 de julio de 1992, y en consideración que el mismo se encuentra ocupado ilícitamente por la entonces ejecutada “Casta Soto de Villca” (sic) y su familia, pidió se expida mandamiento de desapoderamiento. Dicha petición fue reiterada el 23 de noviembre del mismo año (fs. 181 y vta.; y, 184 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ñandereko
- seguridad jurídica
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución
- III.3. El principio de subsidiaridad en la acción de amparo constitucional
- o pudiendo el afectado haber hecho uso de aquellos, no los hizo oportunamente
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR