Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2017-S1
Fecha: 24-May-2017
acción de libertad
En revisión la Resolución de 22 de marzo de 2017, cursante de fs. 55 a 56 vta., pronunciada, dentro de la acción de libertad interpuesta por, representado por Juan Carlos Choque Fernández, en representación sin mandato Pedro Guari Beyuma contra, Juan Urbano Pereira Olmos Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y, Francisco Romero, Daniel Tito Atahuichi Álvarez y Diego Roca Saucedo, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Segundo del aludido departamento.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- , y la inmediación, porque se requiere que la autoridad judicial tenga contacto con la persona privada de libertad
- cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión
- todo procesamiento ilegal o indebido que dé como resultado la restricción o supresión de la libertad, se constituye en causal para la procedencia de la acción
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 2°