SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

III.4.  Análisis del caso concreto

Identificado los hechos presuntamente lesivos de los derechos al debido proceso y a la defensa; del análisis y compulsa de los antecedentes que hacen a la presente acción tutelar así como de lo manifestado en audiencia de 17 de mayo de 2017, se tiene presente que por nota             RGC-ADM-185/2010 de 31 de diciembre, se instruyó a Esteban Eddy Lozada Villarroel, que haga efectiva la devolución de los activos fijos que le fueron asignados; debido a que, su nombre no se encontraba en la lista de personal a ser contratado en la gestión 2011, acto ante el cual acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Cochabamba, solicitando la emisión de una conminatoria de reincorporación; empero, esa entidad por Auto de 15 de ese mismo mes y año, estableció la improcedencia de la solicitud; en ese antecedente el afectado interpuso recurso de revocatoria, el que por Auto de 28 de noviembre de 2011, fue declarado improcedente; decisión que impugnada fue resuelta por el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social por RM 261/12.