SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

I.3. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías

Celebrada la audiencia pública el 29 de marzo de 2017, según consta en el acta cursante de fs. 786 a 795 vta., presentes la parte accionante, Ubaldo Espino Mamani, ahora demandado como los terceros interesados, y ausentes los demás demandados, de manera preliminar la autoridad demandada, señaló que el accionante no cumplió con la legitimación pasiva pues no demandó a los actuales funcionarios que habrían emitido los actos lesivos, a lo cual la Jueza de garantías señaló que conforme a la jurisprudencia constitucional, la acción de amparo constitucional no está dirigida contra la persona individual sino contra el cargo que ostentan u ostentaban como funcionarios públicos, a partir del cual se habría ocasionado la supuesta vulneración de derechos constitucionales, por lo cual consideró cumplido el requisito de legitimación pasiva y ordenó se continúe con la audiencia, se produjeron los siguientes actuados: