SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0456/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

II.2.2.

II.2.2. Consta decreto de 11 de agosto de 2016, emitido por Willma Rosario Tancara Quispe, Jueza Pública Civil y Comercial Vigesimotercera de la Capital del departamento de La Paz -hoy codemandada-, por el cual nuevamente observó la demanda preparatorio, bajo los siguientes tópicos: 1) En relación al pedido de medida cautelar, sostuvo la inexistencia de la suficiente fundamentación y argumentación de los requisitos generales de procedencia de la medida pedida, en cuanto a la proprocionalidad de la medida y la posibilidad jurídica; y, 2) Respecto al reconocimiento de firmas y rubricas, sostuvo que los documentos de “fs. 2, 3, 4” de diferentes fechas, registran firmas por diferentes personas, por lo que deberá aclarar de qué documentos solicita el reconocimiento y por cuál de los demandados; asimismo, refirió que de los documentos de “fs. 3 y 4” aparece una firma y una persona que no figura en la demanda como demandante o demandada, ni en el documento de “fs. 7-9”, debiendo modificar la demanda en cuanto a tales documentos o aclarar la legitimación procesal de esta otra persona que suscribe o figura en los mismos, disponiendo dar cumplimiento en forma íntegra a lo requerido por decreto de 28 de julio del mencionado año (fs. 24 vta.).