SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0460/2017-S3

Fecha: 26-May-2017

denegó

El Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 2/2017 de 17 de marzo, cursante de fs. 426 vta. a 427, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Se verifica que el Auto recurrido de 7 de octubre de 2016, el cual es complementario al Auto de Vista 471, son fallos emergentes de un proceso ejecutivo, por consiguiente, conforme prevén los arts. 480 y 490 del CPC, el proceso ejecutivo puede ser revisado a través de un proceso ordinario o revisión en el plazo de seis meses desde el momento de su ejecutoría, por cuanto la interposición de esta acción de defensa resulta prematura, debido a que no se agotó el medio o la impugnación que resultaría la ordinarización del proceso ejecutivo; y, 2) Al no estar ejecutando ninguna medida de carácter irreversible -como ser un desalojo o desapoderamiento- no corresponde aplicar la excepción al principio de subsidiariedad, toda vez que esta acción tutelar incumplió con lo estipulado por el art. 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo); es decir, que no sea sustituible de otro proceso, en este caso el proceso ordinario que estuviera siendo sustituido a través de la acción de amparo constitucional, situación que claramente provoca su improcedencia de acuerdo a lo establecido por el art. 53 del citado Código.