SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2017-S1

Fecha: 31-May-2017

1)

Willy Arias Aguilar y Virginia Crespo Ibañez, Vocales de la Sala Penal Segunda y Tercera respectivamente del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentaron informe escrito cursante de fs. 52 a 54, señalando que: 1) Para determinar la nulidad de un acto procesal, debe existir perjuicio y vulneración de derechos constitucionales, aspecto que no existe en el presente caso, tomando en cuenta que la accionante no planteó la extinción de la acción penal, la cual no se produce de hecho, sino mediante un pronunciamiento judicial; y, 2) Un Tribunal de garantías no puede resolver la actividad interpretativa que realizan otras jurisdicciones, para lo cual la accionante debió efectuar una precisa relación de  la vinculación entre los derechos fundamentales invocados y la actividad interpretativa-argumentativa del juez a quo y tribunal de alzada, pero en el presente caso no lo hizo, mencionando solamente los derechos supuestamente vulnerados, sin fundamentación jurídica y fáctica, por lo que, pide denegar la tutela solicitada.