Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0528/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante señala como lesionados sus derechos a la libertad, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, a la presunción de inocencia y al debido proceso en su elemento de motivación de las resoluciones, toda vez que los Vocales demandados, en apelación determinaron la improcedencia del recurso interpuesto y confirmaron el fallo impugnado que aumentó un riesgo procesal en la audiencia de cesación de la detención preventiva, pese a que la primera Resolución cautelar no establecía el riesgo procesal del art. 234.10 del CPP, en relación a la víctima, aspectos que en alzada debieron ser valorados y analizados.
- acción de libertad
- a)
- no debemos perder de vista que en el presente caso estamos en solicitud de cesación a la detención preventiva y la carga de la prueba le corresponde precisamente a la parte imputada
- Fragmento 4
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Obligación del Tribunal de apelación de fundamentar y motivar la resolución que disponga, modifique o mantenga una medida cautelar
- Tribunal de apelación
- aclarándose que la fundamentación se exige tanto en las resoluciones pronunciadas en primera instancia, como aquellas emitidas en apelación
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- ii)
- b)
- iii)
- CONFIRMAR