Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0540/2017-S3
Fecha: 09-Jun-2017
II.10.
II.10. Cursa Formulario para presentación del Archivo.EMP 80900062 - San Ignacio de Loyola “Fe y Alegría”, en turno de mañana, para nivel Secundaria Comunitaria Productiva, en grado Primero se inscribió un total de ochenta y un alumnos en 2017 (fs. 48 a 49); asimismo, la Directora hoy demandada por Informe 08/2017 de 9 de marzo, dirigido a la ahora tercera interesada remitió el reporte de SICH inicio de gestión (fs. 54) adjuntando el Formulario 01, referente a Estadística de alumnos efectivos por paralelo del citado establecimiento educativo se tiene que para nivel Educación Secundaria Comunitaria Productiva, grado Primero se inscribió a ochenta y un estudiantes (fs. 50).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- no le está fijada la atribución de hacer cumplir las resoluciones firmes de otros órganos jurisdiccionales de la jurisdicción común, o las que emerjan de un procedimiento administrativo, sino que son estos los que tienen que hacerlas cumplir, así como resolver los incidentes que se presenten en su ejecución
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR