SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0648/2017-S3

Fecha: 30-Jun-2017

II.9.

II.9.  Consta Hoja de Ruta 7430/2015 de 21 de septiembre -trámite observado-, emitida por Juan Vargas Lupe, Director General Ejecutivo de la AFCOOP, a solicitud de la codemandada Rosario Ruth Sarzuri Bernal, relacionada a la remoción del ahora accionante, documento que señaló como conclusiones lo siguiente: 1) A la referida solicitud no se adjuntaron los antecedentes del proceso sumario informativo que debió ser instaurado por el Tribunal de Honor, conforme dispone la normativa; 2) Existe una contradicción en el Acta de Asamblea General Ordinaria de 23 de mayo de 2015, señalando que el Consejo de Vigilancia en pleno solicitó la remoción del accionante “‘hasta que termine su proceso’” cuando primero debía sustanciarse el mismo y luego poner a consideración de la Asamblea General dicha remoción; y, 3) El orden del día no establecía como punto a tratar la remoción de Consejeros, situación que restringe el derecho a ser informado sobre los actos y decisiones que afecten su condición de Consejero. Para finalizar manifestó que no procedería la mencionada petición, debiendo presentar documentación idónea y cumplir con lo establecido en la normativa vigente, respecto a la remoción del Consejeras y Consejeros (fs. 48 a 49).