En revisión la Resolución 006/2017 de 7 de junio, cursante de fs. 1079 a 1081 vta., pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 006/2017 de 7 de junio, cursante de fs. 1079 a 1081 vta., pronunciada dentro de la

Fecha: 27-Jul-2017

Fragmento 21

           Todo acto de autoridad precisa encontrarse debidamente fundado y motivado, entendiéndose por lo primero, la obligación de la autoridad que lo emite, para citar los preceptos legales, sustantivos y adjetivos, en que se apoye la determinación adoptada; y por lo segundo, que exprese una serie de razonamientos lógico-jurídicos sobre el porqué consideró que el caso concreto debió revolverse de una determinada manera.