Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 006/2017 de 7 de junio, cursante de fs. 1079 a 1081 vta., pronunciada dentro de la
Fecha: 27-Jul-2017
II.6.
II.6. Por memorial presentado el 12 de febrero de 2016, subsanado el 24 del mismo mes y año, CEDAL Ltda., interpuso recurso jerárquico contra la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCA/RA 0025/2016, argumentando que la misma, no tenía la suficiente motivación y fundamentación, no se pronunció con relación al incumplimiento del control diferido regular por parte de la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB, solicitando se disponga la revocatoria total de la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-ULEZR-RS-128/2012 (fs. 871 a 873 vta.; y, 865 a 866 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1.
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.3. La fundamentación y motivación como parte del debido proceso
- Fragmento 24
- III.4. De la revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR