SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0667/2017-S1
Fecha: 12-Jul-2017
Fragmento 25
Presupuestos que en el presente caso no fueron cumplidos por la parte accionante, porque si bien expresa los derechos que presuntamente fueron vulnerados, omitió fundamentar porque la labor interpretativa es insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda o ilógica; toda vez que, los argumentos esgrimidos resultaron similares a los contenidos en su demanda contenciosa administrativa, reiterando cómo debió efectuarse el cómputo conforme a su criterio; empero, sin efectuar un análisis inherente a las razones por las cuales consideró que la interpretación contenida en la Sentencia 31, que guardaba coherencia con la interpretación y fundamentación previamente ya expuesta por la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT), resultaba impertinente. A partir de ello; y, en consideración a que el cuestionado fallo, fundamentó las razones para aplicar el cómputo de la manera en que se hizo, fuera de la reiteración de su razonamiento; y, la petición de aplicar la norma Civil que recién fue expuesta en la vía constitucional, la parte accionante, no logró establecer el nexo de causalidad entre las afectaciones cuestionadas y la labor interpretativa efectuada, la cual simplemente puso de lado considerándola errónea; por lo que, en realidad no llegó a determinar cómo es que la ausencia de motivación, que acusó hubiera generado arbitrariedad por una interpretación inadecuada que daño los derechos alegados, más aún cuanto del análisis ya efectuado, no fue posible advertir la ausencia de motivación y fundamentación acusada en la Sentencia 31; dando lugar a la imposibilidad de analizar la labor jurisdiccional realizada por las autoridades judiciales demandadas; y, por ende, no correspondiendo otorgarse la tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II. 3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- valores, principios, derechos y garantías plurales que coexisten,
- principio de constitucionalidad
- directrices para la labor interpretativa,
- no se constituyen en mecanismos o instancias de revisión casacional de la labor de los otros tribunales
- sino cuando se evidencia que esa labor interpretativa resultare insuficientemente motivada, arbitraria, incongruente, absurda e ilógica o con error manifiesto, identificando, en su caso, las reglas de interpretación que fueron omitidas
- es necesaria la existencia de una carga argumentativa por parte del accionante
- 3)
- precisa presentación por parte de los accionantes, que muestren a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías
- III.3.Análisis del caso concreto
- no podían de ningún modo aplicar el contenido normativo de otra ley que no estaba vigente al momento del hecho generador
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- CONFIRMAR