SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0687/2017-S3
Fecha: 21-Jul-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la lesión de su derecho al debido proceso en su vertiente de legalidad, alegando que dentro del proceso disciplinario seguido en su contra, el Juez Disciplinario hoy codemandado, lo sancionó por la comisión de la falta grave prevista en el art. 187.3 de la LOJ, referida a declararse ilegal una excusa en un año, en base al Auto de 4 de marzo de 2016, sin considerar que dicho elemento de prueba resulta ser ilegal, puesto que fue emitido por un Vocal que con anterioridad se había excusado de conocer la misma causa, lo que implicaría la nulidad de dicho Auto conforme al art. 348.IV del CPC, que señala como nulo todo acto o resolución pronunciada después de la excusa, acto arbitrario que pese al recurso de apelación que interpuso, no fue corregido por los miembros de la Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura ahora demandados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados’
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
- III.2. Análisis del caso concreto
- no consta en los antecedentes del proceso
- ii)
- iii)
- vi)
- vii)
- III.3. Otras consideraciones
- 2º Llamar la atención