Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0701/2017-S3
Fecha: 21-Jul-2017
II.7.
II.7. Mediante RA 1878/16 de 14 de octubre de 2016, emitida por el SEDES La Paz se autorizó la prórroga de la apertura y el funcionamiento del Establecimiento de Salud CENE S.A. Hospital Agramont M.R., correspondiente a la gestión 2016, asimismo, se dio curso al funcionamiento de la Unidad de Hemodiálisis como parte funcional del referido establecimiento de salud (fs. 389 a 390).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III.1.
- i) Por vulneración del derecho a una Resolución
- III.2. Sobre el derecho de petición y la pretensión contenida en una demanda o recurso de impugnación
- Así, en materia administrativa, el recurso de impugnación surge contra la decisión de la administración pública, en el que el administrado se sujeta a un procedimiento pre-establecido, en cambio en el
- derecho de petición y la pretensión
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR