AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2017-O

Fecha: 02-Ago-2017

II.4.

II.4.    Mediante informe de 5 de abril de 2017, presentado por las autoridades demandadas, estas manifestaron que han considerado y tomado en cuenta lo extrañado en la Resolución de amparo, a tiempo de emitir el nuevo Auto Supremo 122/2017, el cual resolvió la pretensión de las mejoras aludidas, expresando de manera textual lo siguiente: “`…que la pretendida nulidad no resulta ser trascendental, debido a que la parte actora no ha demostrado con prueba fehaciente haber introducido las mejoras de las que pretende ser propietaria…´” (sic), siendo ese el elemento central de la Resolución que tiene como base las pruebas aportadas y producidas por ambas partes.  En ese sentido, se dio cumplimiento a la Resolución de garantías, dando respuesta expresa con relación a las mejoras aludidas en el recurso de casación, por lo que solicitan rechazar los argumentos de la parte accionante en el memorial de queja (fs. 638 a 639 vta.).