Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0909/2017-S1
Fecha: 28-Ago-2017
II.6.
II.6. De acuerdo con la declaración de los testigos ofrecidos por el accionante, durante el juicio oral efectuado el 29 de diciembre de 2017, se evidencia que los mismos refirieron que aquel se apersonó en reiteradas oportunidades a la oficina de Asesoría Jurídica del Comando Departamental de Potosí de la Policial Boliviana, para preguntar sobre su trámite de reincorporación, al encontrarse suspendido temporalmente (259 a 267).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- c)
- 1)
- i)
- denegaron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto a la revisión de la interpretación de legalidad efectuada por la jurisdicción ordinaria a través de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 18
- III.4. Respecto a la valoración de la prueba en los procesos ordinarios y administrativos
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1º CONCEDER