SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

II.12.

II.12.     Por memorial presentado el 24 de marzo de 2017, Miriam Crespo de Choma, presentó recurso de reposición bajo alternativa de apelación, alegando el contenido del art. 6 del CPC,  aduciendo que el objeto del proceso es velar por la efectividad de los derechos, al sostener que al estar reconocido su derecho, no puede la autoridad judicial rechazar la petición de anular las partidas con el argumento que la medida precautoria era únicamente para evitar situaciones de hecho; asimismo, la autoridad judicial a tiempo de rechazar la petición, no hizo mención al informe de catastro, en el que se señala que el impetrante previamente debe acudir a la autoridad judicial para la cancelación de las partidas, registradas a nombre de “Lark Antonio Stalino Saucedo y Juan silvestre …dentro del polígono de las 40 has.” (sic); por cuanto, no obstante de la medida precautoria de prohibición de innovar, los prenombrados continuaron con los trámites administrativos para consolidar su trámite de urbanización; sin embargo, la autoridad judicial rechazó la petición de anulación, con argumentos que contravienen los principios de equidad y verdad material; así, al existir una sentencia ejecutoriada y el informe de catastro que señala que los predios correspondientes a las matrículas cuya anulación se pretenden, se encuentran dentro de la superficie usucapida, por lo que corresponde revocar la resolución apelada (fs. 166 a 167 vta.).