DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2017

Fecha: 25-Sep-2017

inc. c)

Respecto al inc. c), nos encontramos que el mismo fue eliminado a pesar de haberse determinado su compatibilidad en la primera Declaración Constitucional Plurinacional; respecto al tema, es preciso indicar que una vez que las cartas orgánicas son sometidas a control previo de constitucionalidad, y parte de ese contenido es declarado compatible, dicha normativa no observada, no debe sufrir alteración alguna, ya que las decisiones de este Tribunal son vinculantes y de cumplimiento obligatorio según el art. 203 de la CPE, y las ETA consultantes no tienen la potestad de desoír lo determinado en los pronunciamientos constitucionales que se emitan al respecto.