DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2017

Fecha: 25-Sep-2017

reinserción

En el caso concreto, el estatuyente de Pelechuco, desacata una disposición constitucional de cumplimiento obligatorio y vinculante, que no es opcional el asumirla o no, razón por la cual, éste Tribunal debe determinar la reinserción del inc. c) del art. 75, hoy art. 69, ya que sobre el mismo no recaía ningún cargo de incompatibilidad.

En el caso concreto, el estatuyente de Pelechuco desacata una disposición constitucional de cumplimiento obligatorio y vinculante, que no es opcional el asumirla o no, razón por la cual, éste Tribunal determina la reinserción del art. 93.III, ya que sobre el mismo no recaía ningún cargo de incompatibilidad.