SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En su condición de propietario y representante legal de la Empresa Unipersonal denominada Estación de Servicios “EL OASIS”, el 2 de febrero de 2017 le notificaron con la Resolución Administrativa (RA) RARR-ANH-DJ 0015/2017 de 27 de enero, emitida por el Director Ejecutivo hoy demandado, por la cual se aceptó parcialmente el recurso de revocatoria que interpuso en contra de la         RA RAPS ANH DJ 0070/2016 de 10 de marzo, emitida por el nombrado; sin embargo, se mantuvo subsistente la sanción de anulación de la licencia de operaciones de la referida Estación de Servicios, bajo el argumento de que incumplió las Instrucciones de la ANH efectuadas mediante las Resoluciones Administrativas (RRAA) ANH DJ 1418/2014 de 2 de junio, ANH 2654/2014 de 3 de octubre y ANH DJ 3454/2014 de 31 de diciembre, al no haber presentado los reportes de producto correspondiente a los meses de febrero, abril y junio de la gestión 2011 y febrero de la gestión 2013, incurriendo de esa manera en la infracción administrativa establecida en el art. 39 inc. c) del Reglamento para la Construcción y Operación de Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos.