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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0895/2017-S3

    Fecha: 08-Sep-2017

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela, disponiendo se anule y se deje sin efecto y sin valor legal alguno la RRAA RAPS ANH DJ 0070/2016 de 10 de marzo y RARR-ANH-DJ 0015/2016 de 27 de enero, pronunciadas por el Director Ejecutivo hoy demandado; y, la Resolución Ministerial (RM) RJ 013/2017 de 10 de mayo y el Auto de Cargo a la Estación de Servicio de Combustibles Líquidos “EL OASIS” de 26 de enero de 2016 emitido por el Director Jurídico de la ANH.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • órgano administrativo competente para resolver el Recurso, podrá suspender la ejecución del acto recurrido
    • CONFIRMAR

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