SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0967/2017-S3

Fecha: 20-Sep-2017

2)

2)  El Ministerio Público realizó una inadecuada interpretación o análisis de la norma por cuanto: i) Realizó una conceptualización referente al acta de infracción manifestando que es “un documento labrado durante una inspección; en el que se detallan las infracciones advertidas, es decir que este es un formulario en el cual se consignan los incumplimientos a diferentes deberes formales específicos, no siendo un instrumento utilizado para precintar, controlar medir o dar seguridad, no siendo un elemento de uso para el cumplimiento de clausuras o para la correcta liquidación, verificación, fiscalización, determinación o cobro del tributo; es decir que en el formulario lo único que se iba a consignar es que el propietario del negocio, no cumplió el deber formal de presentar el talonario de factura y certificado de dosificación” (sic); ii) Refiere que este tipo penal menciona dos aspectos que podrían generar duda en cuanto a la decisión asumida siendo estos la fiscalización y la verificación; iii) El Ministerio Público refiere que la fiscalización es la revisión, control o verificación del cumplimiento de obligación tributarias de los contribuyentes; y, iv) Finalmente, manifestó que el formulario en cuestión es un instrumento para la verificación de deberes formales a los cuales está llamado el contribuyente a ser responsable y cuyo incumplimiento recae en un sanción administrativa y no así para la correcta liquidación, verificación fiscalización, determinación del cobro del tributo, no existiendo el elemento material que determine el tipo del delito tributario de manera adecuada;