SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1012/2017-S1
Fecha: 11-Sep-2017
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La parte accionante, se ratificó en el tenor íntegro de la acción de amparo constitucional interpuesta, y ampliándola manifestó que: a) El vehículo fue nacionalizado de forma legal, toda vez que, el 2009 estaba permitido nacionalizar vehículos modelo 2005, por cuanto no se valoró las pruebas que cursan en antecedentes, sindicándosele como delincuente y contrabandista; y, b) La Resolución Sancionatoria, dispuso tres sanciones como el pago solidario de la multa al 100% del valor de la mercadería, la nulidad de la DUI y la orden para que el Control Operativo Aduanero (COA) capture el vehículo, más la consiguiente confiscación de los tributos pagados; por ello afirmó que no fueron juzgados por un juez o tribunal imparcial, dado que solo se dedicaron a ratificar una y otra vez las resoluciones, acarreando las nulidades que invocó; finalmente en vista de la vigencia del DS 1606 de 12 de junio de 2013, que clarifica el año y modelo de importación, solicitó acogerse a dicha norma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2.Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- Fragmento 7
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- la interpretación de la legalidad infra constitucional le corresponde a los tribunales de justicia y no a la justicia constitucional; sin embargo, ante la existencia de violación de derechos y garantías previstos en la Norma Suprema, excepcionalmente la justicia constitucional puede ingresar a valorar la actividad desarrollada en miras a brindar tutela.
- a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales”
- III.4.Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR