SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1043/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

I.2.1. Ratificación de la acción

La parte accionante, puntualizó que en el recurso de apelación se indicó que desde que el proceso fue iniciado, hasta la fecha de interposición de la apelación, transcurrieron más de cuatro años, es decir, se hizo referencia a un tiempo de extinción de la acción por máxima duración del proceso disciplinario; sin embargo, el Tribunal Disciplinario Permanente, faltando al principio de congruencia, consideró que el medio de impugnación expuesto sería en razón de que se habría advertido que desde la falta hasta la iniciación del proceso habrían transcurrido dos años; así, el Tribunal mencionado, si no logró entender el medio de impugnación, menos pudo dar una respuesta motivada y fundamentada al agravio deducido, conllevando a la vulneración del derecho de petición.