Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2018-O
Fecha: 15-Oct-2018
I.4. Trámite procesal por el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 23 de agosto de 2018, se señaló que al haberse aclarado la fecha de notificación al accionante con la Resolución que resolvió la queja planteada, al tenerse que el nombrado fue notificado el 6 de febrero del mismo año, impugnada dicha Resolución el 7 de igual mes y año, se tenía por cumplido el procedimiento establecido en los AC 0015/2013-O y 0049/2017-O, en consecuencia, se pase a Sala Plena los antecedentes relativos a la denuncia del incumplimiento de la SCP 0490/2017-S3, procediéndose el 9 de octubre de 2018, al sorteo de la presente queja por incumplimiento, por lo que el Auto es dictado dentro de plazo.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Hechos que motivan la impugnación
- 168/2012
- I.1.1. Petitorio
- a)
- 1)
- I.4. Trámite procesal por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para resolver las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías, se notificará a las partes procesales, estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los términos establecidos por el art. 16.II del CPCo, queja que deberá ser presentada en el plazo de tres días computables a partir de la notificación con la resolución emitida por el juez o tribunal de garantías. En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes a la queja ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 14
- III.2. Análisis de la denuncia de incumplimiento
- ,
- En cuanto al primer agravio,
- Respecto al segundo agravio,
- Al tercer agravio,
- En cuanto al cuarto agravio,
- Sobre el quinto agravio,
- Respecto al agravio sexto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMA