AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2018-O
Fecha: 15-Oct-2018
II.3.
II.3. Samuel Saucedo Iriarte, Vocal de la Sala Civil del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, presentó informe el 6 de noviembre de 2017, ante el Juez Público Civil y Comercial Decimosegundo de ese departamento, señalando que dentro del proceso de divorcio seguido por el hoy denunciante contra Memphis Sandoval Rivera, ese Tribunal de apelación, en cumplimiento de la SCP 0490/2017-S3, procedió a dictar el Auto de Vista 361/17 de 1 de septiembre de 2017, resolviendo cada uno de los puntos de agravio expuestos por la parte apelante, tal cual se evidencia en el considerando tercero de dicho Auto, y sobre todo siguiendo los lineamientos sentados en la nombrada Sentencia Constitucional, de forma clara, precisa y concreta en su texto y contenido, señalando y puntualizando las disposiciones legales en que se funda y ajusta en derecho, conforme al art. 385 del CF (fs. 231 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Hechos que motivan la impugnación
- 168/2012
- I.1.1. Petitorio
- a)
- 1)
- I.4. Trámite procesal por el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- III.1. Competencia del Tribunal Constitucional Plurinacional para resolver las denuncias por incumplimiento a sentencias constitucionales
- Con la resolución pronunciada por el juez o tribunal de garantías, se notificará a las partes procesales, estando facultado el activante de la queja, en caso de estimar dilación o incumplimiento de la resolución emergente de una acción tutelar, a presentar la misma ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, en los términos establecidos por el art. 16.II del CPCo, queja que deberá ser presentada en el plazo de tres días computables a partir de la notificación con la resolución emitida por el juez o tribunal de garantías. En este supuesto, el juez o tribunal de garantías, en el plazo de veinte cuatro horas, deberá remitir todos los antecedentes relevantes a la queja ante el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Fragmento 14
- III.2. Análisis de la denuncia de incumplimiento
- ,
- En cuanto al primer agravio,
- Respecto al segundo agravio,
- Al tercer agravio,
- En cuanto al cuarto agravio,
- Sobre el quinto agravio,
- Respecto al agravio sexto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMA