SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2018-S2

Fecha: 23-Oct-2018

a partir del primer acto manifiesto del empleador de no querer cumplirla

A ese efecto, en el caso de reincorporación de los trabajadores por disposición de una conminatoria, el cómputo del plazo para determinar la inmediatez, se inicia desde el momento en que el empleador omite observar y cumplir tal decisión, lesionando los derechos del trabajador; asimismo, respecto a la inmediatez relacionada con la conminatoria de reincorporación laboral, este Tribunal dejó establecido en la SCP 1712/2013 de 10 de octubre, que dicho término correrá a partir del primer acto manifiesto del empleador de no querer cumplirla, señalando en el Fundamento Jurídico III.3, que: