SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0699/2018-S2

Fecha: 23-Oct-2018

se aplicará de manera prospectiva

Finalmente, cabe aclarar que este es un entendimiento jurisprudencial que se aplicará de manera prospectiva, pues en el caso concreto la accionante no conocía con exactitud cómo éste Tribunal Constitucional Plurinacional había definido la situación del cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo constitucional por incumplimiento de conminatoria de reincorporación, más aun si en todo caso la última Sentencia Constitucional emitida al respecto había asumido el entendimiento de que el plazo se computaba desde el agotamiento de la vía administrativa (el resaltado y subrayado son nuestros).

En consecuencia, el trabajador que considere lesionados sus derechos ante el incumplimiento de una conminatoria de reincorporación laboral, debe acudir a la jurisdicción constitucional, solicitando el resguardo y/o restablecimiento de los mismos dentro del plazo de seis meses, computables desde el primer acto manifiesto que demuestre la falta de voluntad del empleador de cumplir con la referida conminatoria.