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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2018-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2018-S2

    Fecha: 31-Oct-2018

    las medidas de protección son preventivas

    En efecto, las medidas de protección son preventivas y aplicadas según la necesidad, para garantizar la protección de las mujeres en situación de violencia y por la importancia que estas revisten, son de atención inmediata con el fin de evitar la reiteración de la violencia mientras se investigue, procese y sancione al agresor.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • II.3.
    • II.7.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • las medidas de protección son preventivas
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • III.3.1.                      En relación a las actuaciones del Juez de Instrucción Penal Cuarto de El Alto del departamento de La Paz
    • desde los actos iniciales de la investigación
    • Fragmento 19
    • III.3.2.
    • III.3.3.
    • III.3.4.   Respecto al rol de la policía por haber arrestado en la misma celda a la víctima con sus victimarios
    • CONFIRMAR
    • 4°

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