SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2018-S3
Fecha: 29-Oct-2018
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 88/2018 de 2 de mayo, cursante de fs. 185 a 189 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gustavo Mauricio Copa Luján contra Franz Milton Alvarado Hoyos e Iván Bladimir Quiroz Vargas, ex y actual Rector de la Universidad Policial (UNIPOL) “Mariscal Antonio José de Sucre”; Marco Antonio Ibáñez Oblitas y Rubén Pastor Gemio Bustillos, ex y actual Presidente; y, Waldin Rafael Robles Villalpando, William Jorge Vidal Quiroga, Juan Carlos Terrazas Villa, Bladimir Nelson Baldivieso Magne, Juan Carlos Vega Gareca, Pedro Nataniel Silva Azurduy, Ruddy Luna Barrón, ex y actuales Vocales del Consejo, todos de la Academia Nacional de Policías (ANAPOL).
- acción de amparo constitucional
- la BAJA POR INSUFICIENCIA ACADEMICA sin derecho a reincorporación
- I.1.3. Petitorio
- a)
- retirados por haber reprobado en una materia en el examen de segunda instancia
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR