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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2018-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0866/2018-S3

    Fecha: 29-Oct-2018

    II.7.

    II.7.    Consta Resolución de Recurso Jerárquico 025/2017 de 6 de marzo, mediante el cual Franz Milton Alvarado Hoyos, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza, Rector de la UNIPOL “Mcal. Antonio José de Sucre” -autoridad codemandada- confirmó las Resoluciones impugnadas citadas en la Conclusión precedente (fs. 15 a 20).

    • acción de amparo constitucional
    • la BAJA POR INSUFICIENCIA ACADEMICA sin derecho a reincorporación
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • retirados por haber reprobado en una materia en el examen de segunda instancia
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • la garantía del debido proceso, comprende entre uno de sus elementos la exigencia de la motivación de las resoluciones, lo que significa, que toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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