AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2018-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0067/2018-O

Fecha: 01-Nov-2018

“LIBRARSE MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO

Los Magistrados no consideraron en el AS 362/2018, que ante la tramitación de un proceso que “pudo o no” haber lesionado o vulnerado derechos “supuestamente” legítimos de “…la Sra. Baldomera Aruquipa…” (sic), nuestro ordenamiento jurídico prevé para estos casos que la afectada o afectado con el fallo pueda presentar incidente aún en etapa de ejecución ante el Juez del proceso para que por esta vía pueda anular obrados y revocar la sentencia dictada a fin de reparar el daño ocasionado durante la tramitación de un proceso llevado de manera ilegal; en ese sentido, al seguir vigentes tanto el AS 122 como la Sentencia 605/2010, existe un impedimento de orden técnico y legal para poder ejecutar la Sentencia 217/2014 y a este efecto “LIBRARSE MANDAMIENTO DE DESAPODERAMIENTO” conforme dispone la Sentencia 217/2014 sin que previamente hayan sido revocados los fallos emitidos a su favor con anterioridad al presente proceso.